Registro de contratos de locación ante AFIP.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la registración de los contratos de Inmuebles, prevista en la Nueva Ley de Alquileres.


La Ley de Alquileres 27.551, sancionada el 30 de junio de 2020, establece la obligatoriedad de registración de los contratos de inmuebles ante la AFIP.

Hasta el momento se desconocía el formato para llevar a cabo esta disposición, y finalmente, luego de 7 meses, el pasado jueves, el organismo publicó en el Boletín Oficial la reglamentación para la registración que comenzará a partir del 1 de marzo de 2021.

Quienes están obligados a registrar estos contratos son únicamente los locadores, pero pueden hacerlo voluntariamente los inquilinos o los corredores intervinientes en representación del locador. Para su registro, los locadores deberán ingresar a la página de AFIP con su clave fiscal y brindar toda la información del inmueble y sus datos que lo vinculen como propietario, y también adjuntar imagen digital del correspondiente contrato.

Los contratos alcanzados por el régimen son: a) locaciones de bienes inmuebles urbanos b) arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales c) locaciones temporarias de inmuebles, urbanos o rurales, con fines turísticos, de descanso o similares d) locaciones de espacios o superficies fijas o móviles, delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras.

Este registro deberá efectuarse en un plazo no mayor a los 15 días corridos de la firma del contrato, y fijará multas para aquellos que incumplan con esta obligación. Así mismo se estableció una excepción para los contratos firmados entre el 1 de julio de 2020 y el mes de marzo de 2021, otorgándoles un plazo máximo de registración hasta el día 15 de abril de 2021.

“La herramienta permitira obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones”, asegura un comunicado de la AFIP.

Desde el sector inmobiliario, esta reglamentación no es bien recibida ya que solo agudiza la mala situación del mercado locativo retrayéndolo aún más.

En contraposición con las inmobiliarias y los propietarios, el líder de la agrupación de inquilinos Gervasio Muñoz, declaró “Con el registro de contratos de alquiler en la AFIP se abre una nueva etapa en las políticas de vivienda en la Argentina. Ahora se podrá saber quiénes conforman el negocio del acceso a la vivienda y quiénes alquilan y bajo qué condiciones. Con esta medida, se termina la posibilidad del incumplimiento de la ley de alquileres, de la que estamos muy orgullosos y la seguiremos defendiendo hasta que se implemente y se controle en su totalidad”. 




     

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